Nuestra entidad cumple cabalmente con los requerimientos de su ente de control, es vigilada por la Superintendencia de Economía Solidaria. Ha asumido y cumplido con las previsiones contenidas en Circular Básica Jurídica de la Superintendencia de Economía Solidaria y Circulares Externas asociadas (Circular 15/2015, 4/2017 y 10/2017) en los cuales se imparten las instrucciones relativas al diseño e implementación de un Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo – SARLAFT.
Las políticas, controles y procedimientos implementados dentro de un concepto de administración del riesgo, son acciones que buscan la debida diligencia para prevenir el uso de nuestra institución por elementos criminales para propósitos ilícitos. Dichas acciones incluyen entre otros aspectos, el conocimiento del cliente y de sus operaciones con nuestra entidad, la definición de los segmentos de mercado por nosotros atendidos, el monitoreo de transacciones, la capacitación al personal y la determinación y reporte de operaciones sospechosas a las autoridades competentes.
Los procedimientos y reglas de conducta sobre la aplicación de todos los mecanismos e instrumentos de control del SARLAFT están contemplados en el Manual SARLAFT, y de obligatorio cumplimiento por todos los funcionarios de la entidad.
Nuestra política de conocimiento del cliente busca que todos los clientes (asociados y nominas) sean identificados adecuadamente y que se pueda establecer su perfil financiero de acuerdo con el marco normativo vigente La información de los clientes (asociados y nominas) es sometida a procedimientos de verificación y se realizan las diligencias debidas para mantener actualizada la información de dichos clientes (asociados y nominas). La información de los clientes (asociados y nominas) es conservada por los términos señalados en la ley y está a disposición de las autoridades para efectos de sus investigaciones.
Nuestra institución realiza un constante monitoreo sobre las transacciones de los clientes (asociados y nominas), con el cual se busca identificar operaciones inusuales, a partir de señales de alerta. En desarrollo de las políticas de conocimiento del cliente, cuando del análisis se determina que las operaciones son sospechosas se reportan a las autoridades competentes, en la forma establecida por las normas que regulan la materia.
La Alta Dirección de nuestra entidad reconoce la importancia de la capacitación y entiende que los empleados son personas fundamentales en la lucha contra el LA/FT. Todos los empleados de la Cooperativa, especialmente aquellos que tienen contacto directo con los clientes (asociados y nominas), son capacitados en temas relativos a la prevención y control del LA/FT.
Para el desarrollo de las funciones establecidas por las normas legales, el Consejo de Administración de la entidad ha designado un Oficial de Cumplimiento, quien es una persona de alto nivel con capacidad decisoria que cuenta con el apoyo de las directivas de la entidad.
En desarrollo de las instrucciones que sobre la materia han impartido los entes de control competentes, la Revisoría Fiscal de la entidad tiene instrumentados controles que le permiten detectar incumplimientos de las instrucciones que para la prevención de lavado de activos se consagran en el marco normativo vigente.
Los terceros que tienen relación directa con nosotros (proveedores, convenios, Consejo de Administración, Junta de Vigilancia) son entidades solidas ajustadas a la normatividad aplicable de acuerdo con su objeto social y entes de control, y tienen la responsabilidad de contar con elementos de prevención y administración de riesgo de LAFT, mitigando la ocurrencia de riesgos de LAFT y delitos asociados que le afecten directamente o generen riesgo de contagio de LAFT para la entidad.